Hazte socio de Coopemsenado

Me quiero inscribir como socio, ¿Qué debo hacer?

Ya como empleado del Senado de la República, llenas el formulario de solicitud de admisión y puedes dirigirte a las oficinas de Coopemsenado, con uno de nuestros oficiales de servicio al socio.

Requisitos de admisión:

  • Presentar una solicitud de ingreso al Consejo de Administración y ser admitido por éste.
  • Ser legalmente capaz.
  • Pagar una cuota de admisión por un valor de RD$200.00 (doscientos pesos dominicanos), no rembolsables.
  • Reunir condiciones de seriedad y la responsabilidad comprobada.
  • Adoptar por lo menos un (1) certificado de aportación, por valor de RD$500.00 (Quinientos pesos dominicanos).
  • Ahorrar un mínimo de RD$500.00 pesos mensuales (Quinientos pesos dominicanos).
  • Cumplir con todas las políticas, procedimientos y reglamentos establecidos en la empresa cooperativa.

    Derechos de los socios:

    • Participar en las Asambleas con derecho a voz y voto.
    • Elegir y ser elegido para el desempeño de cargos, directivos y fiscales.
    • Recibir excedentes en proporción al volumen de sus aportaciones y de las operaciones realizadas por éste con la empresa cooperativa.
    • Fiscalizar la gestión económica de la empresa cooperativa, a travéz del Consejo de Vigilancia.
    • Presentar al Consejo de Administración cualquier proyecto o iniciativa que tenga como finalidad el mejoramiento de los servicios que ofrece la empresa cooperativa o la creación de nuevos servicios.
    • Cuando la circunstancia lo demanden, solicitar al Consejo de Administración, la convocatoria a Asamblea Extraordinaria de los socios, siempre que la solicitud esté respaldada por un mínimo de veinte por ciento (20%) de los socios afiliados.
    • Obtener copia de los presentes estatutos, de todos los documentos reglamentarios, publicaciones periódicas, acuerdos y contratos firmados por la empresa cooperativa con otras personas físicas, morales o jurídicas.
    • Presentar al Consejo de Vigilancia las quejas por infracciones cometidas por los dirigentes y empleados de la empresa cooperativa.
    • Los socios podrán retirar hasta un treinta y cinco por ciento (35%) de la disponibilidad de sus ahorros, una vez al año.

      Deberes de los socios:

      • Cumplir con las disposiciones de los estatutos, la Ley 127-64 que trata sobre Asociaciones Cooperativas y sus reglamentos, así como de las políticas administrativas funcionales establecidas por la empresa cooperativa.
      • Conocer y utilizar los servicios que ofrece la empresa cooperativa.
      • Concurrir a las reuniones y demás eventos convocados por los órganos de dirección.
      • Aceptar todas las resoluciones y decisiones tomadas legalmente por los organismos centrales.
      • Cumplir puntualmente sus obligaciones sociales y económicas.
      • Desempeñar fiel, eficiente y desinteresadamente los cargos para los cuales hayan sido electos.
      • Informar al Consejo de Vigilancia sobre cualquier infracción cometida por los socios o dirigentes.

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